martes, 26 de mayo de 2009

Profesorado

Los cambios que se produzcan a partir del 04/09/2009 será introducidos en la siguiente
página:
Sepan disculpar los cambios de sitios y metodologías, pero es que a medida que crece la cantidad de contenido lo hace tambien la dificultad de mantener el sitio actualizado.
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Correlatividades

Fotocopias:

Teoria e Historia de la tecnología 1:
    1) Libro de Godio
    2) Documento para trabajar la historia reciente
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    4) Industria e Imperio


Sociopolitica Unidad 1: (5 Partes) 1 2 3 4 5
Sociopolitica Unidad 2: (3 Partes)
    Educacion y Ciudadania   
    Educacion Popular
    El dilema de la educacion popular

Matematicas 1:
Repaso
Sistemas de Ecuaciones
Casos de Factoreo
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Pedagogía didactica:
    1)
    1.2) Lineas de accion de la direccion de educacion inicial
    1.3) La evaluacion en el ambito educativo
    1.4) Reordenamiento de la gestion pedagogica
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            Ley de educacion provincial (13688)
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Psicología: Conceptos preliminares - Hector Scaglia

Filosofía:
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Practica Docente 1:
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    Fundamentacion General
    Ciclo Basico Técnico
    Ley de educacion provincial (13688)
    Ley de Educación Nacional (26206)    

Lenguaje Tecnológico    
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Texto parcial de Teoría e Historia de la tecnologìa
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Otros Apuntes:

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Grabaciones de las clases
Por Materia / Fecha


PD= Paro Docente
AA= Ausente Alumno
AP= Ausente Profesor
Fe= Feriado
SB= Sin Bateria
Pe= Película
Sg= Sin Grabar (No fue necesario, p.ej, TP)


Soc
Len
Mat
Teo
Fis


Fil
Qui
Psi
Ped
0309











0310


11






0311


12







0313








1


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Soc
Len
Mat
Teo
Fis


Fil
Qui
Psi
Ped
0316

1









0317


1 2
1 2






0318


1

1 2






0320






AP
1

0321








1
SB
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Soc
Len
Mat
Teo
Fis


Fil
Qui
Psi
Ped
0323
1
1









0324


Fe
Fe







0325


PD

PD






0326


PD

PD






0327







AP
1

0328









1 SB
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Soc
Len
Mat
Teo
Fis


Fil
Qui
Psi
Ped
0330
SB
Ev









0331


1 SB







0401


AA

AP






0403







AP
1


0404









AP
1
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Soc
Len
Mat
Teo
Fis


Fil
Qui
Psi
Ped
0406
Pe
1









0407


1
AP







0408


AP

1






0410







Fe
Fe


0411







Fe
Fe


-----
Soc
Len
Mat
Teo
Fis


Fil
Qui
Psi
Ped
0413
1
1









0412


Sg
1







0414


AA

1






0415











0417











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Soc
Len
Mat
Teo
Fis


Fil
Qui
Psi
Ped
0420











0421











0422











0423











0424











0425











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Soc
Len
Mat
Teo
Fis


Fil
Qui
Psi
Ped
0427
1
AP









0428


AA
1







0429


AA

AP






0501








Fe


0502









AA
AA
-----
Soc
Len
Mat
Teo
Fis
Pr1
Pr2
Fil
Qui
Psi
Ped
0504
1
1









0505


AA
1







0506


AA

AP






0507





AA
AP




0508







1
1


0509









AA
1
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Soc
Len
Mat
Teo
Fis
Pr1
Pr2
Fil
Qui
Psi
Ped















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sábado, 3 de mayo de 2008

Denuncian a funcionarios por no defender a usuarios telefónicos

Aunque ya hace mucho de esto, había perdido el enlace, pero intento conservarlo, es una nota del diario Clarín del 31/07/2004.

Vale la pena leerlo.

http://www.clarin.com/diario/2004/07/31/sociedad/s-04601.htm


La Oficina Anticorrupción apuntó contra la Comisión Nacional de Comunicaciones, el órgano que debe controlar a las telefónicas. Dice que desatendieron reclamos de usuarios a los que se les facturaba cargos de más. La causa se caratula "abuso de autoridad".





Liliana Moreno.
limoreno@clarin.com






Jorge Aldebar Izaguirre, un jubilado de San Antonio de Padua, fue un defensor tenaz de sus derechos como consumidor. Murió en 2003 y no llegó a ver la denuncia que la Oficina Anticorrupción acaba de presentar ante la Justicia Federal dándole la razón: acusa a funcionarios de la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) de la "arbitraria desatención de los reclamos de los usuarios".

Aunque la denuncia incluye los reclamos de ocho usuarios más, el de Izaguirre fue tomado como el "caso principal". Está referido al cobro de llamadas desde su teléfono fijo —de Telefónica de Argentina — a celulares que estaban apagados o fuera del área de cobertura y que no habilitaban contestador automático.

Las normas que rigen este caso —dice la investigación de Anticorrupción, oficina que depende del Ministerio de Justicia de la Nación— son claras: estas llamadas no debían ser cobradas. Lo establece, se cita, la resolución 344/97 de la Secretaría de Comunicaciones que en su artículo 4 dice: "La tasación del tiempo de aire usado se efectuará desde que el abonado llamado contesta".

No había dudas, entonces, que si el celular estaba apagado, fuera del área de servicio y sin contestador, quien recibía la llamada no podía contestarla y, por lo tanto, no debía ser facturada. Sin embargo, Telefónica de Argentina facturó esas llamadas.

Fue entonces cuando Izaguirre inició su largo reclamo, primero ante la empresa y después ante su organismo de control, la CNC. Telefónica —donde fue una y otra vez—, le contestó: "Las locuciones que le informan fuera del área de cobertura, está apagado, etc. se pasan a facturar como una comunicación según la duración que tenga", según consta en el expediente. Pero le ofrecieron, "por única vez y por buena política comercial", ajustar los períodos reclamados.

¿Por qué iba a aceptar "favores" —habrá pensado el jubilado de Padua— si los pagos que le exigían eran indebidos? Aquella vez, el 14 de marzo de 2001, llevó su reclamo frente a la Comisión Nacional de Comunicaciones. Y no tuvo mejor suerte.

En su denuncia, la Oficina Anticorrupción —ante la que Izaguirre se presentó, finalmente, en 2003— centra su acusación en Diego Pioli, coordinador de Area del Centro de Atención al Usuario de la CNC. Según esta investigación, Pioli "jamás quiso pronunciarse seriamente acerca del planteo de Izaguirre. Hacerlo hubiera implicado (cuanto menos) una advertencia a la empresa a fin de que cesara de facturar de ese modo. Jamás intentó tal advertencia, aun cuando para ello tuvo que ignorar no sólo el reclamo del usuario sobre la facturación (...) sino también el propio reconocimiento de la empresa telefónica acerca de tales hechos, y hasta el pronunciamiento del Departamento de Control de la misma CNC, que claramente había opinado que tales cobros eran improcedentes".

Esta denuncia fue presentada ante la CNC y se le pidió al actual interventor, Ceferino Namuncurá, el despido de Pioli y sanciones para otros dos funcionarios involucrados: David Eidelman, gerente de Jurídicos y Normas Regulatorias, y Gabriela Figueroa, jefa del Area del Centro de Atención al Usuario.

"Se identifica la responsabilidad individual de las personas que actuaron en este caso —dijeron en Anticorrupción— más allá de que se pueda entrever de que la propia CNC, en un nivel jerárquicamente superior, se negó a tratar el reclamo". En la Justicia, la denuncia fue radicada en el Juzgado Federal 7, secretaría 14, donde está caratulada como "abuso de autoridad".

Consultada por Clarín, la CNC prefirió el silencio. En Telefónica, en tanto, dijeron que "la empresa se ajusta al reglamento: cobra por cuenta y orden de terceros". El gerente de comunicaciones, Eduardo Mirabelli, sostuvo que las compañías de celulares son las que facturan.

A su vez, el diputado socialista Héctor Polino pidió la presencia en las comisiones de Defensa del Consumidor y de Comunicaciones, de la Cámara baja, del secretario de Comunicaciones, Mario Moreno, y del interventor de la CNC, para que informen qué medidas adoptarán ante la denuncia de la Oficina Anticorrupción. "Estas denuncias indicarían que hubo connivencia entre las empresas telefónicas y los funcionarios de la CNC para estafar a los usuarios", dijo.

El legislador, fundador e integrante de la asociación Consumidores Libres, agregó: "Esta complicidad permitió que los argentinos pagáramos facturas indebidas, que les reportaron a las empresas grandes ganancias".